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Eficiencia Procesal

El núcleo del programa es la adaptación procesal a los cambios y la incorporación de los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) a la Administración de Justicia. La necesidad de la mejora procesal se produce por dos causas distintas que coinciden en el mismo punto de llegada. Por un lado, la digitalización que fuerza la adaptación del procedimiento a las nuevas herramientas y, por otro, la evolución de la sociedad que demanda la adaptación de normas y procesos que han quedado jurídicamente obsoletos y desalineados del marco europeo. En algunos casos normas de más de un siglo de existencia, muy lejos de la realidad de la sociedad española de hoy. 

Con la introducción de estos mecanismos, ya consolidados en el derecho comparado, se incrementa el protagonismo de las profesiones jurídicas, especialmente por el papel negociador de los abogados que se garantiza en todo caso, pero también de los procuradores de los tribunales, los mediadores, los graduados sociales, los notarios y los registradores de la propiedad, entre otros profesionales. 

Se entiende por medio adecuado de solución de controversias cualquier tipo de actividad negocial a la que las partes de un conflicto acuden de buena fe con el objeto de encontrar una solución extrajudicial al mismo, ya sea por sí mismas o con la intervención de un tercero neutral.