Accesibilidad
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Declaración de accesibilidad
Introducción
El Ministerio de Justicia se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, por el que se traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://www.justicia2030.es, excluyendo los contenidos incrustados provenientes de otros dominios.
Situación de cumplimiento
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
Contenido no accesible
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por los siguientes motivos:
1. Falta de conformidad con Real Decreto 1112/2018
- Algunas imágenes no están etiquetadas o tienen una alternativa textual genérica [requisito número 9.1.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Contenido no textual].
- En algunos formularios el campo de entrada que recopila información sobre el usuario no tiene identificado el propósito [requisito número 9.1.3.5 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 identificación del propósito de entrada]
- En algunas páginas la relación de contraste en texto o imágenes podría no ser de al menos 4.5:1 [requisito número 9.1.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Contraste mínimo].
- En algunas páginas el contraste de los componentes de interfaz de usuario y de objetos gráficos podría no llegar al 3:1 con los colores adyacentes [requisito número 9.1.4.11 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 contraste no textual]
- Hay contenidos o frases dentro de la página cuyo idioma no puede determinarse por programa [requisito número 9.3.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Idioma de las partes]
- En algunas páginas los mensajes de estado podrían no estar determinados mediante programación a través de funciones o propiedades [requisito número 9.4.1.3 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 mensajes de estado].
- Algunas imágenes no están etiquetadas o tienen una alternativa textual genérica [requisito número 10.1.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Contenido no textual].
- En algún documento la información, estructura y relaciones no están determinadas por software o no tienen alternativa como texto [requisito número 10.1.3.1 de la UNE-EN 301549:2019 de información y relaciones].
- Algún documento no tiene definido por programa al menos una secuencia correcta de lectura [requisito número 10.1.3.2 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Secuencia significativa].
- En algún documento la relación de contraste en texto o imágenes podría no ser de al menos 4.5:1 o el contraste de los componentes de interfaz de usuario y de objetos gráficos podría no llegar al 3:1 con los colores adyacentes [requisitos número 10.1.4.3 y 10.1.4.11 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 contraste mínimo y contraste no textual].
- Puntualmente algún documento podría no tener identificado el título de la página [requisito número 10.2.4.2 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 titulado de páginas].
- En algún documento los componentes de interfaz de usuario como elementos de formulario, enlaces y componentes generados por script no siguen la estructura recomendada por las pautas de accesibilidad [requisito número 10.4.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Nombre, función, valor].
2. Carga desproporcionada
- No aplica.
3. El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable
- Pueden existir archivos de ofimática en PDF y otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan.
- Puede haber contenidos de terceros que no estén desarrollados por el Ministerio de Justicia o que no estén bajo su control, como, por ejemplo, archivos ofimáticos.
- Pueden existir archivos pregrabados publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad.
Preparación de la presente declaración de accesibilidad
La presente declaración fue preparada el día 02/06/2022.
El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por la empresa Everycode S.L. el día 02/05/2022.
Última revisión de la declaración: 02/06/2022
Observaciones y datos de contacto
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como, por ejemplo:
- Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
- Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
- Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web a través del formulario https://www.justicia2030.es/contacto.
Para estas comunicaciones tiene disponible estos canales de comunicación:
- Formulario de contacto: https://www.justicia2030.es/contacto.
Acorde al artículo 10.2.b del RD 1112/2018, también puede presentar:
- Una queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018.
- Una solicitud de información accesible relativa a:
- Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4.
- Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
Las solicitudes de información accesible y quejas se pueden presentar a través del formulario https://www.justicia2030.es/contacto, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad del Ministerio de Justicia.
Procedimiento de reclamación
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
La reclamación puede ser presentada a través de la Instancia Genérica de la Sede electrónica del Ministerio de Justicia, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad del Ministerio de Justicia.